Todo el que desee ingresar o exportar mercancía en Panamá deberá adherirse a un régimen aduanero, el cual estará establecido por el contribuyente, según la función que le dará a la misma en el territorio nacional o en el país destino.
En el momento en que se presenta la mercancía en la aduana panameña se debe informar en un documento de carácter oficial llamado pedimento el destino que se pretende dar a la misma. De esta forma se busca proteger al país de usos ilícitos o mercancía prohibida que pueda afectar a la nación final.
Los regímenes aduaneros especiales permiten introducir mercancías cuyo fin es el de almacenar, transformar (perfeccionar) o uso y a las cuales se les reduce el pago de los tributos aplicables, según las condiciones.
Las zonas de régimen aduanero especial consisten en áreas delimitadas en Panamá donde se instalan empresas cuyo propósito es el de producir bienes y prestar servicios a mercados externos principalmente y por ello gozan de incentivos de manera aduanera.
La mercancía calificada de esta manera tiene un régimen especial en materia fiscal y de comercio exterior. También poseen beneficios especiales para la importación de mercancías con controles requeridos para su entrada y salida.
El objetivo es el de promover el desarrollo económico y social en el país permitiendo el ingreso y egreso de mercancía específica que busca ser mejorada, transformada o incluso almacenada y por ello la existencia de dichos beneficios.
Proceso de autorización y registro de regímenes aduaneros especiales en Panamá
Este documento de la Autoridad Nacional de Aduanas en Panamá tiene como objetivo establecer normas, requisitos y documentos necesarios para autorizar y registrar los regímenes Aduaneros Temporales o Suspensivos y Liberatorios en el país.
En él se establecen todas las normas referentes a Regímenes Aduaneros temporales o suspensivos, tales como importación temporal con reexportación en el mismo estado, admisión temporal para perfeccionamiento activo, exportación temporal con reimportación en el mismo estado y exportación temporal para perfeccionamiento pasivo. También abarca regímenes aduaneros liberatorios, o reimportación, los cuales inician con la solicitud de operadores de comercio y finalizan con la notificación por parte de la autoridad aduanera mediante una resolución.
La persona o entidad interesada deberá, según el régimen, presentar tu solicitud, conocida como memorial, en original y copia dirigida al Director General o Administrador Regional correspondiente con la siguiente información:
- Nombre del agende corredor de aduana o interesado;
- Número de cédula de identidad personal;
- Número de licencia del agente corredor;
- Domicilio;
- Nombre de la persona o empresa que representa;
- R.U.C. de la empresa;
- Folio y ficha si se trata de una Sociedad Anónima;
- Generales del representante legal de la empresa;
- Especificaciones del régimen aduanero al que se requiere aplicar y su fundamento legal;
- Descripción de la mercancía y cantidad de bultos;
- Detalles del número de documento de transporte de llegada o salida, factura comercial, orden de entrega y número de pre declaración en caso de importaciones y declaración en caso de exportaciones.
Exportación Temporal con Reimportación en el mismo estado consiste en un régimen aduanero mediante el cual se da el egreso de mercancías con suspensión del pago de tributos. Se les permite la salida temporal del territorio aduanero de mercancías nacionales o nacionalizadas con un fin específico y por tiempo determinado, pero con la condición de que sean reimportadas sin que hayan sufrido transformación alguna en el exterior, así como ninguna elaboración o reparación. Si es así, serán admitidas con liberación total de tributos a la importación.
El siguiente listado corresponde a aquellas mercancías que pueden ser objeto de importación temporal con reexportación en el mismo estado:
- Turismo
- Eventos
- Recreativas y deportivas
- Equipo y material profesional
- Ayuda humanitaria
- Educativas, religiosas y culturales
- Científicas
- Ejecución de obras públicas
- Estatales
- Envases y elementos de transporte
- Unidades y medios de transporte y repuestos para su reparación
- Comerciales
- Películas y demás material para la reproducción de sonido e imagen
- Aeronaves arrendadas a plazo o con opción de compra
Exportación temporal para el perfeccionamiento pasivo
Esto consiste en el régimen que permite la salida del territorio aduanero por un plazo determinado de tiempo a mercancías nacionales o nacionalizadas con el fin de someterlas en el exterior a operaciones de transformación, elaboración, reparación y otras, con suspensión de tributos y con el fin de ser reimportadas bajo el trabamiento tributario y dentro del plazo establecido en el reglamento.
Importación temporal con reexportación en el mismo estado
En este caso, el régimen se refiere al permiso de ingreso al territorio aduanero por un plazo determinado y con suspensión de tributos a la importación, mercancías con fines específicos que serán reexportadas dentro del plazo y sin haber sufrido ninguna modificación que no sea alguna relacionada a su depreciación como consecuencia de su uso.
Reimportación
Este régimen aduanero para mercancía en Panamá permite el ingreso al territorio aduanero mercancías nacionales o nacionalizadas que se exportaron de forma definitiva y que regresan en el mismo estado con liberación de tributos.
Reparación en el exterior de mercancías con garantía de funcionamiento
En el caso de mercancías reparadas en el exterior dentro del período de la garantía de funcionamiento y sin costo alguno, pueden reingresar con exención total de tributos. Si, por el contrario, se haya realizado además un proceso de perfeccionamiento, se deberán determinar los tributos de importación aplicables sobre la base del valor agregado al proceso y de conformidad con lo que dispone la legislación regional sobre la materia.
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